CAMBIO DE SENTIDO DE LA MARCHA
Hoy, vamos a tratar del cambio de
sentido de la marcha, que, si bien es
la maniobra menos frecuente que el conductor realiza con su vehículo, sí es una
de las más peligrosas dada la complejidad de la misma al entorpecer la circulación
en ambos sentidos generando una situación real de peligro.
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Para cambiar el sentido de la
marcha tenemos que circular por una vía de dos sentidos de circulación, toda
vez que si fuera de uno solo, ésta maniobra sería improcedente; y, lo más importante
para efectuar con seguridad esta maniobra, es elegir bien el lugar para
realizarla; que exista visibilidad, amplitud holgada para efectuar el giro y
que no existan vehículos en las proximidades a los que les podamos afectar con
su realización.
Como quiera que cambiar el
sentido de la marcha es dar media vuelta, o sea, efectuar un giro de 180º, ésta
maniobra afecta directamente a todos
los usuarios de la vía que circulen en ambos sentidos; porque, le cortamos el
paso a los que vienen de frente y le entorpecemos la marcha a los que nos
siguen; por consiguiente: El conductor de un vehículo que pretenda invertir el
sentido de su marcha deberá elegir un lugar adecuado para efectuar la maniobra,
de forma que se intercepte la vía el menor tiempo posible, advertir su
propósito con las señales preceptivas con la antelación suficiente y
cerciorarse de que no va a poner en peligro u obstaculizar a otros usuarios de
la vía. En caso contrario deberá abstenerse de realizar la maniobra y esperar
el momento oportuno para efectuarla. Cuando su presencia en la calzada,
mientras espera para efectuar la maniobra de cambio de sentido, impida
continuar la marcha de los vehículos que circulan detrás del suyo, deberá salir
de ella por su lado derecho, si fuera posible, hasta que las condiciones de la
circulación le permitan efectuarlo con la seguridad que requiere la misma.
Las señales con las que el
conductor del vehículo debe advertir su propósito de invertir el sentido de su
marcha son las previstas en el Reglamento de Circulación que, ya expusimos en
la entrada anterior relacionadas con el cambio de dirección hacia la izquierda,
bien con un signo adecuado del brazo o utilizando el indicador de dirección de
la izquierda.
Como quiera que la maniobra de
cambio de sentido de la marcha afecta a los dos sentidos como ya se ha citado
anteriormente y genera una situación bastante considerable de peligro; el
Reglamento prohíbe que se realice en los siguientes casos: en toda situación
que impida comprobar las circunstancias a las que hemos aludido en los párrafos
anteriores, en los pasos a nivel, en los túneles, pasos inferiores y tramos de
vía afectados por la señal “Túnel”, así como en las autopistas y autovías,
salvo en los lugares habilitados al efecto y, en general, en todos los tramos
de vía en que esté prohibido el adelantamiento, salvo que el cambio de sentido
esté expresamente autorizado mediante la señal correspondiente.
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En la entrada anterior exponíamos
los lugares y circunstancias en los que no se permitía girar a la izquierda,
así como el comportamiento del conductor a seguir para realizar dicha maniobra;
pues bien, en todos aquellos casos en los que la maniobra de cambio de
dirección hacia la izquierda esté prohibida, también lo estará la de cambio de
sentido.
Para la realización de esta
maniobra, extrémense bien todas las precauciones, y de modo muy especial,
téngase en cuenta la visibilidad, la velocidad y la distancia a la que se
encuentre el vehículo que venga en sentido contrario al que la realiza. Y,
recordemos que, todo conductor que realiza una maniobra asume la
responsabilidad que se derive de la misma, excepto los casos que se citaron
para el adelantamiento en el que al conductor que va a ser adelantado también
se le imponen obligaciones como ya se aclaró en el tema relacionado con el
mismo.
Doy por descontado que todos
somos conocedores de las señales relacionadas con el tema, pero, quiero hacer
una pequeña aclaración: La señal que prohíbe girar a la izquierda, también
prohíbe cambiar el sentido de la marcha; mientras que, la señal que prohíbe
cambiar el sentido de la marcha, permite girar hacia la izquierda.
4 comentarios:
Saludos
-Manolo-
Luis, como se nota que eres un erudito en este tema. Gracias. Salva.
Interesantes, como siempre, tus consejos "AL VOLANTE".
Pienso que tuvieron mucha suerte los que eligieron tu Autoescuela, de la que saldrían muy bien formados.
Antes de cerar tu serie "AL VOLANTE" no olvides de tocar el tema de las glorietas o rotondas, pues ahí muchos andan perdidos. En este tema encuentras a más de uno que quiere darte lecciones además equivocadas.
-Manolo-
-Manolo-
Tranquilo, ManOlo, que dedicaremos un tema completO a la utilización de lasglorietas, en las que un buen número de usuarios andan más perdidos que el que se perdió en la isla.
Saludos. LUIS
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