27 marzo 2013

AL VOLANTE


CAMBIOS DE DIRECCIÓN Y DE SENTIDO DE LA MARCHA





Hoy, reanudaré el tema de la conducción que lo había dejado abandonado, continuando con las maniobras de cambios de dirección y de sentido de la marcha que son bastante frecuentes en la conducción diaria, sobre todo, cuando circulamos en poblado que es donde, generalmente, se desarrolla la mayor densidad de circulación; y, también son unas de las que más incordian a los usuarios de la vía cuando el que la realiza no la señaliza correctamente, cosa que ocurre muy frecuentemente, o bien omite la señalización, que, también es frecuente.

En nuestro lenguaje común es fácil y muy corriente confundir la dirección con el sentido; si bien, son distintas.

La dirección, es la vía por la  vamos circulando; por lo tanto, el concepto es estático; mientras que el sentido, el concepto es dinámico, ya que se trata de la trayectoria que sigue nuestro vehículo circulando por la vía, independientemente de que sea recta o tenga muchas curvas, pues el vehículo sigue la trayectoria que le impone el camino. Por tanto, un cambio de dirección es cambiar de vía, abandonar la que estamos utilizando e incorporarnos a otra; o sea, entrar en otra calle o carretera distinta, salirnos de ella, no importa que sea a la izquierda o la derecha o, siga paralela a la que veníamos circulando; mientras que, cambiar el sentido de la macha, supone permanecer en la misma vía por la que venimos circulando, pero, dar media vuelta, es efectuar un giro de 180º; o sea, no salirnos de la vía.

Tanto los cambios de dirección como los de sentido requieren un aviso previo y claro al resto de usuarios de la vía para no sorprenderlos ni entorpecer la normalidad de su marcha o generar un peligro mayor del estrictamente necesario que conlleva la maniobra. De ahí, que la obligatoria señalización no tiene que prestarse a equívoco.

Cambios de dirección.
El conductor de un vehículo que pretenda cambiar de dirección (girar a la derecha o la izquierda) deberá comprobar previamente mirando hacia delante en primer lugar, para asegurarse de que la maniobra es posible en el lugar que se dispone a efectuarla,  que, no hay señal que lo prohíba y que la norma lo permite; que las distintas corrientes circulatorias que rodean la situación no lo impiden; , observará mediante los correspondientes espejos retrovisores que, la maniobra que pretende llevar a cabo, es propicia, y después, señalizar con claridad y antelación suficientes e irse situando a continuación en el lugar de la calzada que le corresponde para efectuar el giro con la mayor seguridad que permitan las circunstancias; absteniéndose de realizarla de no darse estas circunstancias. También se abstendrá de realizar la maniobra cuando se trate de un cambio de dirección  a la izquierda y no exista visibilidad suficiente para realizarla como establece la norma; ya sea por condiciones climatológicas o ambientales, o porque la orografía del terreno u otras circunstancias no nos permitan ver a suficiente distancia como para hacer la maniobra con la seguridad que se requiere.

Téngase siempre en cuenta que los espejos retrovisores exteriores alejan y empequeñecen los objetos y no nos facilitan un cálculo adecuado de las distancias.

En el giro hacia la izquierda (cambio de dirección a ese lado), una vez señalizada nuestra intención de desplazarnos, nos iremos situando gradualmente hacia el centro de la calzada sin invadir la parte correspondiente a los que circulan en sentido contrario al nuestro, que, siempre se verán afectados por nuestra maniobra y si es necesario, nos detendremos sin rebasar el eje (o la línea divisoria si existiera), que dejaremos siempre a nuestra izquierda, incluido el cruce al efectuar el giro (salvo que la vía sea de un solo sentido de circulación, como establece la norma de la que todos deberíamos ser sabedores, que nos obliga a situarnos al lado izquierdo de la vía por la que circulamos); para ello, téngase toda la paciencia necesaria para  esperar el tiempo que haga falta hasta que pasen todos los vehículos que vengan de frente, y no pensar que “me da tiempo”, porque son muchos los accidentes producidos por no tener el temple necesario para , o no saber calcular la distancia y velocidad del vehículo que viene en sentido opuesto al nuestro hasta que resulta tarde.

En el supuesto de que la calzada disponga de tres carriles para los dos sentido; el conductor que pretenda girar a la izquierda, se situará con antelación suficiente en el carril central para efectuar la maniobra citada.

En vías interurbanas, los ciclos y ciclomotores de dos ruedas (téngase bien en cuenta este detalle y, recuérdese que las bicicletas y ciclomotores, “siempre” que lo hagan por carretera, circularán lo mas arrimados posible a la derecha), si no existe un carril especialmente acondicionado para el giro a la izquierda “deberán” situarse a la derecha, fuera de la calzada siempre que sea posible, e iniciarlo desde ese lugar cuando las circunstancias sean propicias.

Carril de deceleración.

Para abandonar una autopista, autovía o cualquier otra vía, los conductores que tengan que hacerlo por este carril, deberán circular con suficiente antelación por el carril más próximo a la salida (por el de la derecha) y penetrar lo antes posible en el carril de deceleración, si existe.

Como es bien sabido, la señalización la efectuaremos con los indicadores de dirección (intermitentes) como establece el Reglamento de Circulación; si bien, si las circunstancias lo aconsejan, podemos también hacerla con un sigo adecuado del brazo más próximo a la ventanilla del conductor, estirándolo horizontalmente para anunciar el giro hacia la izquierda  y levantarlo formando un ángulo recto para notificar el desplazamiento a la derecha.
Si conducimos una motocicleta, y la señalización la hacemos con el brazo, la podemos hacer indistintamente con cualquiera de los dos brazos. Se trata de que la señalización sea percibida a tiempo y con claridad por los usuarios de la vía a los que va dirigida. En éste caso, si señalizamos con el brazo derecho lo extenderemos horizontalmente para anunciar el giro a la derecha y lo levantaremos para señalizar el desplazamiento hacia la izquierda.

En el supuesto de señalizar con el brazo, deberemos saber que, ésta señalización prevalece sobre la señal óptica luminosa efectuada con los intermitentes y, en el supuesto de que existiera contradicción entre ambas, la que se tendría en cuenta, sería siempre la hecha por el conductor con el brazo, ya que es preeminente. No olvidarlo.

Para no alargarme demasiado con el tema, el cambio de sentido lo dejaré para la próxima entrada.

Sólo recordar que las infracciones a todo lo relacionado con el tema de hoy tienen la consideración de graves. ¡¡¡Al tanto...!!!

1 comentario:

Manuel dijo...

Se me ocurre, Luis, que este tema de “Al Volante” sobre la dirección y sentido de la marcha debieras enviar uno especial y adaptado para nuestros políticos, todos.
Indicarles cuál es la buena dirección y a donde deben ir, sin cambiar de sentido, ni a derecha, ni izquierda, ni centro; sin parar donde no deben; pues paran trincan y pa`lante; ahora a derecha , ahora a izquierda… Más adelante giran y se dan la vuelta donde está prohibido; pero a ellos no les importa y como además no les sanciona nada ni nadie…
Indícales cuál es el camino correcto, la dirección correcta, pues como vemos van sin sentido alguno, no saben bien al lugar adónde van, adónde nos llevan. Si seguimos con estos conductores el día menos pensado tenemos un grave accidente y nos vamos todos por el precipicio.

-Manolo-